8 de Abril
2015.- El triunfo de los alpaqueros del Tripartito Alto andino Perú Chile
Bolivia, esta mereciendo múltiples mensajes de solidaridad y
llamadas telefónicas de apoyo a sus reivindicaciones y solo falta que la Comisión
liquidadora del PET proceda a enviar a prisión a cada uno de los funcionarios
corruptos que durante 31 años robaron miles de millones de dólares con el
"cuentazo" de traer agua para Tacna, afecto la vida de los guardianes
del agua que son los pastores alpaqueros alto andinos.
Ahora, los
afectados por la desecación de los bofedales altoandinos, se aprestan a pedir
que el Congreso de la Republica Perú, promulgue una ley de protección de los
bofedales, humedales y ecosistemas acuáticos altoandinos que garantice el "Suma
Awatiña" o buen pastoreo que practican desde tiempos inmemoriales los
Ayllus alpaqueros del punto de confluencia alto fronterizo de los mapas hoy Perú
Chile Bolivia.
Hasta las últimas
consecuencias llegaran incluso hasta el Parlamento Andino de los Estados, por
tratarse de un ecosistema transfronterizo que esta protegido por la Convención
Mundial Ramsar sobre humedales y el dictamen 1457/2006/CCPR de las Naciones
Unidas. Todo esto dentro del marco de la democracia internacional que los
Estados concernidos hasta hoy se resisten a reconocer.
Awatiña dice: Es
Bello el sistema de Bofedales cuando no esta degradado por la mano del hombre.
Es así que Un bofedal vivo es una maravilla del mundo, pero un bofedal
secado, como lo secaron al Bofedal "Jachajawira" del tripartito,
queda muerto y desolado asustando a la vista de muerte a todo su alrededor.
Los bofedales son fuente de vida eterna y al secar un bofedal están matando la
vida de los recursos hídricos de Tacna y de todo el continente sud americano.
La lucha de los
Ayllus alpaqueros de Tacna es moral y la moralidad a triunfado en esta parte
del continente andino, pero a "rey muerto-rey puesto" reza el adagio
popular y ahora queda en manos del Parlamento Nacional remediar mediante ley
este genocidio y ecosidio que cometieron sus funcionarios de estado para
cumplir con el mandato de la Comunidad internacional plasmado en el dictamen
Nro. 1457/2006/CCPR de las Naciones Unidas.----------
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